MADPAC redacta su primer borrador del protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo.

PROTOCOLO CONTRA EL ACOSO SEXUAL  Y POR RAZÓN DE SEXO

 

  1. Preámbulo.

 

Tal y como muestra la obligatoriedad de la Ley Orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres publicada el 23 de marzo de 2017 establece en su artículo 48 que “las empresas ­–asociaciones en el caso de MADPAC– deben promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar curso a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto” desarrollando de manera más concreta en los artículos 14 y 15 de la Constitución Española.

 

Por ello, como entidad que aboga por la igualdad sexual se ha decidido por consenso redactar un protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo y añadirlo al código interno de buenas prácticas. Es necesario aclarar que las buenas prácticas en materia de igualdad entre mujeres y hombres son aquellas acciones necesarias para tener en cuenta la perspectiva de género y reducir las brechas y desigualdades entre sexos.

 

  1. Disposiciones:

 

1.1. Ser sensibles con la igualdad, promoverla y, en su caso, denunciar situaciones discriminatorias. Tod@s l@s soci@s deben poner en conocimiento a la JD o en Asamblea General las conductas que pudieran ser discriminatorias, contrarias al principio de igualdad de género, que impliquen acoso sexual o acoso por razón de sexo o inciten a la violencia contra las mujeres o personas no binarias dentro del ámbito del sector circense.

 

1.2. Innovar en la formación en materia de igualdad de género, ampliando el abanico de temas de interés en el sector circense.

 

1.3. Ser transparentes en la información y la comunicación de carácter tanto interno como externo en materia de igualdad.

 

1.4. Ser un referente en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el sector circense colaborando en el desarrollo y pedagogía de normas y cuestiones en materia de género.

 

 

Primera revisión, 24 de noviembre, por David Roselló i Cerezuela (Director de Nexe cultural SL, asesoría, formación y gestión cultural).

 

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